Cursos
Curso en Herramientas de Seguimiento y Evaluación de los ODM para Acompañar la Rendición Social de Cuentas
Modalidad: Virtual
Idioma: Español
Nivel de instrucción: Pregrado/Posgrado
Duración: 11 semanas
Curso en Comunicación Política y Estrategias para Manejo de Medios - Convenio DGTTF
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I. Apuesta de formación
Los líderes tienen una sentida necesidad de abarcar el tema de comunicación política, más aún los niveles que están en formación. Con esta iniciativa de capacitación, la Dirección Regional para América Latina y el Caribe (DRALC) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, a través de su Escuela Virtual escuelapnud.org, pretenden hacer accesible la formación en comunicación política y estrategias de manejo de medios a jóvenes líderes políticos, sociales y cívicos de la región en aras de fortalecer sus posibilidades de incidencia y proyección para el activismo social y político.
Mediápolis es la ciudad donde transcurre esta apuesta formativa innovadora donde las y los jugadores tendrán la posibilidad de aprender jugando sobre la comunicación política en el marco electoral y en el ejercicio de gobierno.
II. Objetivo general
Al finalizar la formación los participantes estarán en capacidad de:
- Comprender los principios y fundamentos de la comunicación política.
- Comprender la relación entre medios de comunicación y democracia en la sociedad actual.
- Utilizar de forma efectiva algunas herramientas de comunicación para el accionar social y político.
- Diseñar los elementos básicos de la estrategia de comunicación de una campaña electoral y emplear herramientas mediáticas para fortalecer la democracia.
III. Estructura del curso
El programa está conformado por cuatro etapas progresivas: diagnóstico, pre-campaña, campaña y comunicación de gobierno. Sin embargo, los/las estudiantes podrán moverse con flexibilidad en Mediápolis, a través de toda la secuencia de entrenamiento, para reforzar su proceso de aprendizaje. En términos generales el curso aborda la secuencia curricular descrita en el siguiente cuadro:
ETAPA | CONTENIDOS |
Etapa 1: Diagnóstico | 1. Reflexiones sobre la política
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Etapa 2: Pre-campaña | 1. Dimensiones de la campaña 2. Organización de la campaña 3. Tema y mensaje
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Etapa 3: Campaña | 1. Implementación y seguimiento de estrategias de comunicación en campaña
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Etapa 4: Comunicación de gobierno | 1. Reflexiones sobre la comunicación de gobierno
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IV. Público objetivo
El programa está dirigido a jóvenes entre 18 y 30 años; líderes políticos, cívicos y sociales con necesidad de fortalecer su acceso a oportunidades de participación, incidencia y liderazgo dentro de sus comunidades y con interés en desarrollar competencias comunicativas en contextos políticos. El programa prestará especial énfasis a la inclusión de mujeres, afro descendientes e indígenas.
V. Requisitos mínimos
De perfil
- Edad: entre 18 y 30 años.
- Perfil: jóvenes lideres/as de la Red de Comunicadores/as Indígenas y Jóvenes las redes del Fondo España-PNUD (indígenas y afro-descendientes).
- Educación: al menos secundaria completada, educación técnica, profesional, o universitaria.
- Disponibilidad: los y las participantes deberán tener una disponibilidad horaria de entre 5 y 8 horas semanales durante un periodo de 10 semanas.
- Competencia digital básica: tener conocimientos en ofimática a nivel de usuario y habilidad para desenvolverse en Internet.
- Idioma: capacidad de escritura y lectura comprensiva en español.
Técnicos
Los requerimientos de software y hardware mínimos son:
- Conexión a Internet: Banda ancha (el programa se desarrollará completamente en línea).
- Navegador de Internet (Google Chrome, Mozilla Firefox, o Internet Explorer) actualizado a su última versión y con el complemento de Adobe Flash Player activado.
- Adobe Acrobat Reader: para visualizar documentos PDF (Portable Document Format).
- Procesador de texto (OpenOffice, MS Word).
- 256 MB memoria RAM.
- Monitor a color con una resolución mínima de 800x600 píxeles.
- Lector de CD y USB.
- Micrófono y auriculares.
VI. Metodología
La estructura de este programa está concebida como un juego en Mediápolis, de tal forma que el aula virtual es el escenario de interacción entre todos los y las participantes y el/la facilitador/a (a manera de “asesor en comunicación”). A través de recursos didácticos, actividades prácticas y un entorno simulado, se espera que los participantes experimenten una experiencia de formación lúdica y reflexiva que les permita desarrollar sus habilidades al tiempo que aumentan su comprensión acerca de los escenarios del ejercicio político. Los recursos pedagógicos que intervienen en el proceso son:
- Facilitadores que guían, retroalimentan y evalúan al estudiantado durante el proceso simulando la figura de “asesor en comunicación política”.
- Recursos pedagógicos multimediales que brindan insumos de manera didáctica al estudiantado para construir su propio conocimiento: videos, presentaciones en Flash, Power Point, entre otros.
- Espacios de interacción virtual como foros, videoconferencias y chats.
- Herramientas de autoevaluación
- Artículos, estudios de caso y entrevistas.
- Aplicaciones en línea.
- Servicios académicos del campus, incluido el acceso privilegiado a la Biblioteca Virtual, al Centro de Documentación en Desarrollo Humano, al Canal de videos y bases de datos y colecciones académicas especializadas.
La evaluación del proceso de aprendizaje de los/las estudiantes se realizará durante todo el desarrollo del curso. Este componente también tendrá una estructura lúdica directamente relacionada con el juego, por ejemplo, los jugadores podrían recibir premios o tokens por su desempeño durante el juego que luego podrán ser intercambiados por ventajas.
Durante el desarrollo del curso, los y las estudiantes contarán con el acompañamiento permanente de los facilitadores y el apoyo pedagógico, técnico y administrativo de la Escuela Virtual.
VII. Postulación y programa de becas
El costo de matrícula por estudiantes es de USD 840. El Clúster de Gobernabilidad del PNUD ha hecho una apuesta estratégica, con la cofinanciación del Fondo Fiduciario Temático para la Gobernabilidad Democrática y del Fondo Fiduciario España-PNUD, para beneficiar con cincuenta (50) becas del 100% a jóvenes lideres/as de la Red de Comunicadores/as Indígenas y a Jóvenes las Redes del Fondo España-PNUD (indígenas y afro-descendientes). Para postularse a las becas, los participantes deberán cumplir con las siguientes condiciones:
1. Llenar el formulario de postulación on-line que podrán encontrar en el siguiente enlace http://escuelapnud.org/es/?option=com_hge&view=pre_enrol&course1=187. La información diligenciada debe ser verídica y completa. En el tercer paso, en la pregunta “Temáticas y actividades adicionales de su experiencia que considere importante mencionar” deben poner el nombre de la organización social a la que pertenece y su cargo.
2. Responder las preguntas del siguiente formato (descárguelo AQUÍ) y enviarlo diligenciado a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. :
a. ¿Cuál es el papel de las y los jóvenes en el fortalecimiento de las instituciones democráticas en América Latina? Máximo 1500 caracteres
b. ¿Cuáles son las principales barreras que enfrentan las y los jóvenes para acceder o ejercer la política? ¿Cuáles ha evidenciado en su propio contexto? Máximo 1500 caracteres
3. Enviar un certificado de pertenencia a una organización política, social o cívica acreditando que es miembro activo de la misma. Hacerlo llegar de manera digital a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. .
VIII. Calendario del curso
ETAPA |
FECHA |
Recepción de postulaciones |
17 de agosto al 13 de septiembre de 2012 |
Comunicación a estudiantes seleccionados |
20 de septiembre de 2012 |
Inicio del curso |
25 de septiembre de 2012 |
Fin del curso | 3 de diciembre de 2012 |
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Cualquier inquietud por favor contacte a Karen Ortiz Palomá ( Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. )
Normativa Académica - Capítulo décimo
DE LA PROPIEDAD Y USO DE LOS MATERIALES
Artículo 58. Los derechos de propiedad, de autor y demás derechos de la naturaleza que fueren, sobre cualquier material producido de acuerdo con las disposiciones de contratación de la Escuela, no pertenecen al contratista y corresponden exclusivamente al PNUD. El contratista autoriza al PNUD para que utilice de los documentos que ha elaborado (artículos, guías, libretos de video, entrevistas, entre otros) los que considere conveniente y haga uso de ellos (ellas) en los cursos virtuales que imparte la Escuela Virtual. Por lo mismo, ellos(as) podrán ser utilizados(as) tanto por los docentes como por los alumnos.
Parágrafo. La presente autorización, no implica transferencia de los derechos de autor sino ejercicio de los mismos. La Escuela, al utilizar el correspondiente material, hará mención de los créditos correspondientes a sus autores.
Artículo 59. Es responsabilidad de los docentes y estudiantes dar uso adecuado a los materiales didácticos y pedagógicos suministrados por la Escuela para el proceso de aprendizaje. Se entiende por uso adecuado aquél cuyo fin es la construcción y el facilitamiento del saber impartido por la Escuela.
Artículo 60. La bibliografía suministrada por la Escuela para los procesos de enseñanza en el campus virtual se encuentra protegida bajo los respectivos derechos de autor. Al matricularse en la Escuela, los y las estudiantes se comprometen a hacer un uso debido de estos documentos. De lo contrario se encontrará sujeto a las penalizaciones correspondientes bajo la legislación internacional de protección de derechos de autor.
Artículo 61. El uso indebido de los materiales de propiedad de la Escuela para fines distintos a los de la enseñanza en el Campus será considerado una falta disciplinaria grave y, de acuerdo al caso, se tramitará el debido proceso al estudiante o docente según se prevé en este reglamento en el capítulo octavo.
Artículo 62. En casos especiales, los y las estudiantes o docentes pueden solicitar por escrito ante la coordinación de la Escuela el uso de los materiales didácticos y pedagógicos de su propiedad para otros fines. La coordinación de la Escuela estudiará el caso y, de ser necesario, consultará con la dirección de la misma dicha solicitud. Luego de adoptada una decisión, será comunicada al estudiante o docente, quien la acogerá sin derecho a reposición y bajo los condicionamientos explicitados.
Normativa Académica - Capítulo noveno
En los Artículos 51 al 56 se detallan los procesos disciplinarios.
DE OTROS ASUNTOS
Artículo 57. Todos los funcionarios y organismos de la Escuela están instituidos para ayudar a los miembros de la comunidad. Para la resolución de sus asuntos académicos, el estudiantado deberá seguir el siguiente conducto regular:
- Docente.
- Coordinación de la Escuela.
- Dirección Académica.
Contra las decisiones que se tomen en primera instancia, procede el recurso de reposición ante el órgano que tomó la decisión.
Normativa Académica - Capítulo octavo
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 47. El régimen disciplinario de la Escuela tiene como fundamento su función formativa y por tanto las sanciones y sus medidas correlativas tienen ese carácter. Esta declaración será principio rector de interpretación del presente capítulo.
Artículo 48. La sanción que se imponga por faltas disciplinarias podrá ser una de las siguientes:
a. No certificación.
b. Suspensión del programa académico.
c. Expulsión.
Artículo 49. Las sanciones establecidas en el artículo anterior se definen de la siguiente manera:
a. No certificación: Consiste en la no entrega del diploma del programa académico respectivo cursado por el/la estudiante. Esta sanción será impuesta por la coordinación de la Escuela con la aprobación de la dirección de la misma.
b. Suspensión del programa académico: Consiste en la suspensión del estudiante, del programa académico que esté cursando en la Escuela, por un período indefinido. Esta sanción será impuesta por la coordinación de la Escuela, cuando la gravedad de la falta cometida lo amerite, en tanto la dirección de la Escuela emita su concepto y adopte una decisión al respecto. Posterior a la decisión de la dirección, el estudiante será reintegrado o expulsado.
c. Expulsión: Consiste en la exclusión definitiva del estudiante de la Escuela. Será impuesta por la dirección de la Escuela.
Artículo 50. Para los efectos del presente capítulo, se consideran faltas disciplinarias, las siguientes:
a. Impedir el libre acceso al campus, el desarrollo de sus actividades u obstaculizar la enseñanza, la investigación o la marcha académica y administrativa de la Escuela a través del sabotaje de la plataforma virtual.
b. Hacer fraude/plagio en los exámenes o en otras pruebas o actividades académicas e institucionales, o ayudar en dicho fraude. En los casos de fraude académico, demostrada la falta, la nota que se impondrá en la evaluación respectiva será de 0,0. Dicha falta, dada su gravedad, puede acarrear también la suspensión académica (Art. 49 punto b).
c. Apoderarse de bienes de propiedad intelectual de la Escuela o de cualquiera de sus miembros, o de quienes se encuentren realizando alguna actividad promovida o relacionada con la Escuela.
d. Es una falta disciplinaria grave la utilización sin la correspondiente autorización o en forma contraria a las normas y fines de enseñanza, de los materiales didácticos y pedagógicos de propiedad de la Escuela. Lo mismo aplica para la utilización indebida de lecturas y documentos protegidos por derechos de autor que se encuentran colgados en el campus.
e. Efectuar actos abiertamente discriminatorios en contra de alguno de los integrantes de la comunidad virtual, por razones tales como raza, opinión, sexo o condición social.
f. Atentar en forma grave contra el buen nombre de la Escuela o utilizarlo indebidamente.
g. Presentar documentos falsos para obtener un provecho indebido.
h. Quebrantar alguno de los demás deberes estudiantiles a los que se ha comprometido a dar cumplimiento al ingresar a la Escuela y consagrados en el capítulo sexto del presente Reglamento, en cualquiera de sus diferentes actividades.
Parágrafo. La concurrencia o la reincidencia en conductas sancionables podrán ser sancionadas hasta con la expulsión.
Normativa Académica - Capítulo sexto
DERECHOS Y DEBERES
Artículo 23. Es un derecho del/a estudiante recibir un tratamiento respetuoso de todos los miembros de la comunidad de la Escuela y es su deber dar a ellos un tratamiento recíproco.
Artículo 24. El/la estudiante tiene derecho a la libre expresión de sus ideas y, en consecuencia, debe respetar el ejercicio que de ese derecho hagan los demás miembros de la comunidad a través del campus.
Artículo 25. Es un derecho del/a estudiante utilizar los espacios de comunicación creados para este fin en el campus para interactuar con todos los miembros de la comunidad y recibir información pronta y oportuna a todas las peticiones que formule a la Escuela, y es su deber contribuir positivamente al funcionamiento de dichas formas de comunicación.
Artículo 26. Es derecho del/a estudiante conocer previamente y por escrito los criterios sobre los cuales va a ser evaluado, que se le califique conforme a ellos y se le informe sobre sus resultados oportunamente; es su deber desarrollar su trabajo académico con honestidad y responsabilidad.
Artículo 27. En caso de cometer una falta disciplinaria, el/la estudiante tiene derecho a que su caso sea estudiado de manera clara, imparcial y objetiva, a ser escuchado, a controvertir las pruebas que se presenten en su contra y a interponer recursos de reposición y apelación contra las decisiones que lo afecten, ante el órgano que expide dicha decisión. Así mismo, tiene el deber de acatar las sanciones que se le impongan.
Normativa Académica - Capítulo séptimo
RÉGIMEN ACADÉMICO
Artículo 28. Al estudiantado de la Escuela le son aplicables las siguientes disposiciones, para todos los efectos académicos relacionados con sus programas de estudios y su permanencia en el campus:
PERMANENCIA EN LOS CURSOS
Artículo 29. La Escuela, dada las especificidades del modelo de capacitación virtual, considera la participación en los espacios destinados a la interacción entre el/la docente y los/las estudiantes como una herramienta pedagógica de vital importancia para la formación académica integral. Es responsabilidad de cada docente incentivar la participación de sus estudiantes en dichos espacios; participación cuyos parámetros les serán informados a los estudiantes, junto con el programa del curso, para que se comprometan a respetarlos desde el momento en que inician cada programa.
Artículo 30. Cuando un estudiante tenga que suspender temporalmente sus estudios durante el desarrollo de un curso, debido a una enfermedad o a una situación personal grave, tendrá derecho a solicitar ser “dado de baja” del curso respectivo. Dicha solicitud debe tramitarse por escrito ante el docente y ante la coordinación de la Escuela adjuntando las certificaciones que acrediten la situación expuesta. Dependiendo del caso y de la situación, se comunicará al estudiante la respuesta favorable a su solicitud.
Parágrafo. Las solicitudes de aplazamiento deben tramitarse dentro de las dos (2) primeras semanas de inicio de un programa académico. A partir de las dos primeras semanas, sólo tendrán lugar aquellas solicitudes que, además de lo expuesto en el artículo 30, den cuenta de que el estudiante/a ha seguido el curso y entregado los ejercicios respectivos en el cronograma establecido para su programa académico.
Normativa Académica - Capítulo quinto
DERECHOS PECUNIARIOS
Artículo 21. Las personas que quieran matricularse en la Escuela deberán cancelar, en las fechas previamente determinadas por la Escuela y a favor de ella, las sumas correspondientes a los derechos pecuniarios, establecidos por concepto de la prestación del servicio educativo. La Escuela, única y exclusivamente, traslada a los estudiantes los costos de prestación de servicios educativos. La Escuela en su condición de proyecto del RBLAC-PNUD opera sin ánimo de lucro; costea sus gastos de funcionamiento con financiación del RBLAC y moviliza recursos a través de donantes para financiar otras actividades como la ampliación de la oferta formativa y mejoras del Campus.
Parágrafo. En las ocasiones en las que los estudiantes reciban algún tipo de beca (parcial o total) sobre el valor del importe de la matrícula, en caso de no terminar el programa académico respectivo, deberán a la Escuela el valor de la beca que le fue asignado.
Artículo 22. Cuando un/una estudiante se matricula en la Escuela, cancelando el importe correspondiente a la matrícula, bajo ningún caso podrá solicitar el reembolso del importe cancelado. No obstante, y dentro de los límites y requisitos que se señalan en los artículos 30 y 38, cuando el retiro del/a estudiante sea de carácter voluntario y bajo aprobación de la Escuela, se dará trámite, por solicitud del/a estudiante, al respectivo proceso de reintegro asumiendo los costos de envío de materiales.